| Nuestra
institución educacional, ofrece a los apoderados
en forma exclusiva y segura, el servicio de transporte escolar
a las alumnas y alumnos de nuestro establecimiento.
Permitiendo
así ofrecer un servicio que en menos de 30 minutos,
su pupila o pupilo este en su hogar y en el establecimiento
educacional.
En
el caso que los niños tengan actividades extraordinarias
en el colegio, el transporte estará siempre disponible
según los horarios diarios.
El
presente transporte escolar y el chofer pertenecen al
colegio, entregando la máxima seguridad, y cumpliendo
con las nuevas exigencias que solicita que se cumplan
el Ministerio de Transporte y el ministerio de Educación.
A
continuación conozca el reglamento y normas del
transporte escolar San Nicolás:
1.-
Tanto los transportistas como los vehículos que
cubren el servicio de transporte, cumplen con todos los
requisitos exigidos por el Ministerio de Transporte y
demás organismos competentes en la materia.
2.-
El servicio se presta desde el segundo día de clases
a Diciembre y únicamente se puede contratar el
servicio de ida y vuelta.
3.-
El pago del servicio se realizará en diez cuotas
iguales pagaderas dentro de los cinco primeros días
hábiles de cada mes.
4.-
La tarifa de transporte se fijará en el mes de
Enero, no sufriendo subidas salvo por desmedido aumento
del precio del combustible u otra causa de fuerza mayor.
5.-
HORARIO: El bus llegará a la parada o domicilio
del alumno a la hora fijada esperando a lo sumo un minuto,
después de lo cual continuará el servicio.
No tocará la bocina para avisar de su llegada,
ni el conductor bajará del vehículo para
llamar a la puerta del domicilio, por lo que el alumno
deberá estar preparado con la anticipación
suficiente. Si el bus llegara con demasiada anticipación,
esperará hasta la hora convenida.
6.-
AUSENCIAS: En caso de que el alumno no necesitara
algún día el servicio de transporte, deberá
avisar al Coordinador/a titular para que el bus no pase
a recogerlo. De esta manera se evitará que los
otros niños circulen sin necesidad. El transportista
no pasará por el domicilio hasta que el apoderado
lo requiera de nuevo.
7.-
EMERGENCIAS: Si el bus escolar sufriera atraso por avería,
el transportista avisará al Coordinador/a, quien
a su vez notificará a los apoderados la incidencia.
8.-
ACCESOS: El bus no podrá pasar por rutas o accesos
a domicilios que impliquen inseguridad o dificultad de
maniobra.
9.-
CAMBIOS DE DOMICILIO: Deberán ser notificados con
30 días de anticipación ya que pueden implicar
reestructuración de las rutas. Están sujetos
a disponibilidad en la ruta a la cual se solicita el cambio.
10.-
CAMBIOS DE RUTAS: Los alumnos podrán ser cambiados
de ruta si la coordinación lo considera necesario
para un mejor funcionamiento del servicio. En este caso,
se comunicará a los apoderados con anticipación.
11.- CAMBIOS DE RUTA TEMPORALES: Los apoderados
podrán solicitar por escrito cambios temporales,
siempre que éstos no afecten a los recorridos ya
establecidos y haya espacio en el bus requerido.
12.-
AUTORIZACIONES: Si un alumno no fuera a utilizar el servicio
por la tarde, el apoderado deberá notificarlo por
escrito al Tutor respectivo o al Coordinador/a de transporte.
Por razones de seguridad, el Colegio no autorizará
solicitudes verbales.
13.-
RETIROS: Si el apoderado desea retirar a su hijo/a antes
de que finalice la jornada, deberá notificarlo
en la Secretaría del Centro dando el nombre, curso
y número de ruta en que viaja el alumno.
Si desea retirarlo en el momento de la salida, deberá
hacerlo por la puerta del estacionamiento de autobuses,
avisando a la coordinadora de transporte.
14.-
LLEGADA AL DOMICILIO: Por las tardes se dejará
al alumno en la puerta de su casa, donde deberá
esperarlo una persona autorizada, de lo contrario, o si
no hubiera nadie, el transportista le llevará de
regreso al Colegio.
15.-
SALIDA: El bus no saldrá del Colegio sin
que se haya comprobado la asistencia de los alumnos que
viajan en la ruta, quedando constancia de las inasistencias.
Será obligación del alumno concurrir oportunamente
al transporte al finalizar la clase, pues la salida se
efectuará a la hora fijada. Los alumnos más
pequeños serán acompañados por un
profesor.
16.-
COMPORTAMIENTO: Por ser el transporte escolar una prolongación
del Colegio, se aplicarán todas las normas propias
del mismo. El incumplimiento de las mismas o malas conductas
intencionadas se notificará al Tutor y Jefe de
Estudios respectivo quienes tomarán las medidas
pertinentes.
17.-
DAÑOS: Si un alumno ocasionara destrozo o rotura
de una parte del vehículo por mal uso intencionado,
el apoderado será responsable de la reparación
correspondiente.
18.-
OBSERVACIONES: Si el apoderado desea realizar alguna observación
sobre la organización o funcionamiento del servicio
lo podrá hacer al Coordinador/a o al Profesor encargado.
19.-
ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN: Los apoderados podrán
enviar documentación a través de los conductores
de los autobuses al Colegio sólo si es en sobre
cerrado.
20.-
El contrato de este servicio es anual y no se admitirán
bajas a lo largo del curso, salvo por un cambio de domicilio,
y que dicho cambio implique que el Colegio no pueda realizar
el servicio.
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