COLEGIO SAN NICOLAS
Fundado en 1962
INTRANET EDUCACIONAL
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PROVEEDOR TECNOLOGICO
TRANSPORTE ESCOLAR EXCLUSIVO

Nuestra institución educacional, ofrece a los apoderados en forma exclusiva y segura, el servicio de transporte escolar a las alumnas y alumnos de nuestro establecimiento.

Permitiendo así ofrecer un servicio que en menos de 30 minutos, su pupila o pupilo este en su hogar y en el establecimiento educacional.

En el caso que los niños tengan actividades extraordinarias en el colegio, el transporte estará siempre disponible según los horarios diarios.

El presente transporte escolar y el chofer pertenecen al colegio, entregando la máxima seguridad, y cumpliendo con las nuevas exigencias que solicita que se cumplan el Ministerio de Transporte y el ministerio de Educación.

A continuación conozca el reglamento y normas del transporte escolar San Nicolás:

1.- Tanto los transportistas como los vehículos que cubren el servicio de transporte, cumplen con todos los requisitos exigidos por el Ministerio de Transporte y demás organismos competentes en la materia.

2.- El servicio se presta desde el segundo día de clases a Diciembre y únicamente se puede contratar el servicio de ida y vuelta.

3.- El pago del servicio se realizará en diez cuotas iguales pagaderas dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes.

4.- La tarifa de transporte se fijará en el mes de Enero, no sufriendo subidas salvo por desmedido aumento del precio del combustible u otra causa de fuerza mayor.

5.- HORARIO: El bus llegará a la parada o domicilio del alumno a la hora fijada esperando a lo sumo un minuto, después de lo cual continuará el servicio. No tocará la bocina para avisar de su llegada, ni el conductor bajará del vehículo para llamar a la puerta del domicilio, por lo que el alumno deberá estar preparado con la anticipación suficiente. Si el bus llegara con demasiada anticipación, esperará hasta la hora convenida.

6.- AUSENCIAS: En caso de que el alumno no necesitara algún día el servicio de transporte, deberá avisar al Coordinador/a titular para que el bus no pase a recogerlo. De esta manera se evitará que los otros niños circulen sin necesidad. El transportista no pasará por el domicilio hasta que el apoderado lo requiera de nuevo.

7.- EMERGENCIAS: Si el bus escolar sufriera atraso por avería, el transportista avisará al Coordinador/a, quien a su vez notificará a los apoderados la incidencia.

8.- ACCESOS: El bus no podrá pasar por rutas o accesos a domicilios que impliquen inseguridad o dificultad de maniobra.

9.- CAMBIOS DE DOMICILIO: Deberán ser notificados con 30 días de anticipación ya que pueden implicar reestructuración de las rutas. Están sujetos a disponibilidad en la ruta a la cual se solicita el cambio.

10.- CAMBIOS DE RUTAS: Los alumnos podrán ser cambiados de ruta si la coordinación lo considera necesario para un mejor funcionamiento del servicio. En este caso, se comunicará a los apoderados con anticipación.

11.-
CAMBIOS DE RUTA TEMPORALES: Los apoderados podrán solicitar por escrito cambios temporales, siempre que éstos no afecten a los recorridos ya establecidos y haya espacio en el bus requerido.

12.- AUTORIZACIONES: Si un alumno no fuera a utilizar el servicio por la tarde, el apoderado deberá notificarlo por escrito al Tutor respectivo o al Coordinador/a de transporte. Por razones de seguridad, el Colegio no autorizará solicitudes verbales.

13.- RETIROS: Si el apoderado desea retirar a su hijo/a antes de que finalice la jornada, deberá notificarlo en la Secretaría del Centro dando el nombre, curso y número de ruta en que viaja el alumno.
Si desea retirarlo en el momento de la salida, deberá hacerlo por la puerta del estacionamiento de autobuses, avisando a la coordinadora de transporte.

14.- LLEGADA AL DOMICILIO: Por las tardes se dejará al alumno en la puerta de su casa, donde deberá esperarlo una persona autorizada, de lo contrario, o si no hubiera nadie, el transportista le llevará de regreso al Colegio.

15.- SALIDA: El bus no saldrá del Colegio sin que se haya comprobado la asistencia de los alumnos que viajan en la ruta, quedando constancia de las inasistencias. Será obligación del alumno concurrir oportunamente al transporte al finalizar la clase, pues la salida se efectuará a la hora fijada. Los alumnos más pequeños serán acompañados por un profesor.

16.- COMPORTAMIENTO: Por ser el transporte escolar una prolongación del Colegio, se aplicarán todas las normas propias del mismo. El incumplimiento de las mismas o malas conductas intencionadas se notificará al Tutor y Jefe de Estudios respectivo quienes tomarán las medidas pertinentes.

17.- DAÑOS: Si un alumno ocasionara destrozo o rotura de una parte del vehículo por mal uso intencionado, el apoderado será responsable de la reparación correspondiente.

18.- OBSERVACIONES: Si el apoderado desea realizar alguna observación sobre la organización o funcionamiento del servicio lo podrá hacer al Coordinador/a o al Profesor encargado.

19.- ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN: Los apoderados podrán enviar documentación a través de los conductores de los autobuses al Colegio sólo si es en sobre cerrado.

20.- El contrato de este servicio es anual y no se admitirán bajas a lo largo del curso, salvo por un cambio de domicilio, y que dicho cambio implique que el Colegio no pueda realizar el servicio.

 

MESA CENTRAL: 8235957 - GAMERO 541 CON ENRIQUE SORO - INDEPENDENCIA - INFO@SN.CL

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